Salud creará base de datos para registrar a la población que padece de cáncer

Esta semana recién concluida fue publicado el Acuerdo Ministerial 60-2021, el cual permite la creación del Sistema Nacional de Registro Poblacional de Cáncer en Guatemala, avalado por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.

Dicho medio de información será integrado por las diferentes dependencias de la cartera de Salud, como el Departamento de Epidemiología, que fungirá como director; Programa Nacional de Enfermedades No Transmisibles y Cáncer, del Departamento de Regulación de los Programas de Atención a las Personas

También, el Sistema de Información General en Salud.

El Departamento de Patología del Hospital General San Juan de Dios y la Unidad Nacional de Oncología Pediatría

El documento cita que dentro de las funciones que deberá realizar este sistema, estarán recolectar los datos de todos los casos de cáncer de las diferentes fuentes de información, establecer los procedimientos que garanticen el acceso a la información y la calidad de esta.

Además, coordinar el intercambio de información dentro de las entidades de Salud que pertenecen al sistema; mantener relaciones con entidades del sector público y privado, gubernamentales y no gubernamentales, que aportarán información a este mecanismo.

Los integrantes de este sistema deberán realizar reuniones ordinarias, cada dos meses y reuniones extraordinarias, de ser necesarias y según decida la dirección.

La participación en el sistema será ad honorem.

Las autoridades de salud a su vez invitan a participar a las instituciones guatemaltecas que realizan actividades en favor de la población con cáncer y que laboran para prevenir esta enfermedad.

Las instituciones invitadas son:

  • Instituto Nacional de Cancerología (Incan)
  • Instituto Guatemalteco de Seguridad Social (IGSS)
  • Hospital Herrera Llerandi
  • Integra Cancer Institute
  • Sanatorio El Pilar
  • Instituto Nacional de Estadística (INE)
  • los centros de diagnóstico patológico, hematoncología, de imágenes y de atención
  • otras que el sistema considere necesario

Estas instituciones, de no participar, deberán manifestar su ausencia dentro de un plazo de 15 días a partir de la vigencia de este acuerdo ministerial emitido por la cartera de Salud.

Archivo CA

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