Los magistrados de la Corte Suprema de Justicia denegaron de forma definitiva el amparo solicitado por el alcalde de Mixco, Neto Bran con el cual pretendía dejar sin efecto la sanción impuesta por el Tribunal Supremo Electoral en su contra por haber utilizado un arma de fuego en las fotografías usadas en su campaña electoral.
A criterio de la corte, no hay elementos que permitan dejar sin efecto la sanción, pues la Ley Electoral y de Partidos Políticos prohíbe el uso de dichos artículos en la campaña, motivo por el cual no se puede anular la misma.
Ante esta decisión, la amonestación pública impuesta por el Tribunal Supremo Electoral continúa firme.
De acuerdo a las sanciones establecidas en la Ley, la amonestación pública es la primera llamada de atención que se le hace al candidato o partido que incurra en alguna falta, y de ser reiterativo, dichas sanciones pueden continuar hasta la multa y la cancelación.
Por: Sergio Osegueda