Del miércoles Santo al domingo de Resurrección, estará restringida la circulación del transporte de carga pesada.
El Ministerio de Comunicaciones a través de la Dirección General de Transporte recordó a la población guatemalteca la restricción al transporte de carga pesada para los días de Semana Santa.
Por lo que, a partir de este miércoles 5 de abril a las 12:00 horas comienza la restricción y estará finalizado el domingo de Resurrección a las 24:00 horas.
Únicamente el transporte de carga de productos perecederos, combustibles, bebidas y alimentos y grúas por ser un equipo de servicios, podrán circular y no necesitan permisos especiales, establece el acuerdo.
El transporte de carga podrá circular únicamente del kilómetro 290 carretera CA-09-N a las instalaciones de la terminal ferroviaria de Puerto Barrios y a las instalaciones del Puerto Santo Tomás de Castilla sobre la CA-09-N.
Del kilómetro 80 carretera CA-09-SUR-A a las instalaciones del Puerto Quetzal, al kilómetro 104 carretera CA-09-SUR-09 y al kilómetro 114 carretera CA-09-SUR.
Redacción: Marcos Cahuex