Patronos con más de 10 empleados deberán presentar de forma electrónica el nuevo Registro de  Reglamentos Interiores de Trabajo

A partir del 16 de octubre todo patrono que cuente con más de 10 empleados, deberá presentar de forma electrónica el nuevo Registro de  Reglamentos Interiores de Trabajo (RERIT).

El  Artículo 57 del Código de Trabajo indica que es el conjunto de normas elaborado por el patrono,  de acuerdo con leyes, reglamentos, pactos y contratos vigentes que lo afecten, con el objeto de preparar y regular las normas a las que se deben sujetar patrono y trabajadores.

Quienes tengan el proceso pendiente deberán seguir la gestión por la vía electrónica. La pandemia ha develado la importancia del uso de la tecnología.

Los empleadores que carezcan del Reglamentos Interiores de Trabajo podrían ser sancionados entre 2 y 10 salarios confirmados, según el artículo 272 del Código de Trabajo.

Archivo CA

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