Publican acuerdo que permite realizar actividades religiosas con duración de al menos una hora

En el diario oficial se publicó el acuerdo 215-2020 del Ministerio de Salud que reforma el anexo del acuerdo 187-2020, que oficializa una mayor extensión de tiempo en la realización de algunas actividades religiosas durante la pandemia.

Tal como lo dijo en cadena nacional el presidente Alejandro Giammattei, el único cambio es que las actividades religiosas podrán tener al menos una hora de duración, y no los 30 minutos que se permitían en las anteriores disposiciones.

Según el acuerdo, en la alerta roja, se limitan a servicios como bautizos y matrimonios, en los que solo pueden participar 10 personas.

Y para servicios religiosos en alerta naranja, “con un aforo de 4 metros cuadrados” por persona, en las cuales se requiere una adecuada ventilación, deben existir servicios especiales para personas de la tercera edad o en riesgo al contagio.

Ya para las alertas amarilla y verde, varía las distancias entre personas, de 2.5 a 1.5 metros cuadrados, respectivamente.

En ambas se destaca el trato especial que debe de existir para las personas de la tercera edad o sean vulnerables al contagio.

Las restricciones para las concentraciones religiosas continúan igual:

Archivo CA

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