Ejecutivo oficializa Estado de Prevención en el territorio nacional

En Consejo de Ministros se aprobó un Estado de Prevención a nivel Nacional para los próximos 15 días, además se conocieron las recomendaciones presentadas por el Ministerio de Salud para contener la escalada de contagios de COVID-19.

La expectativa era sobre las limitaciones que fueron previamente anunciadas por el Presidente Giammattei y era prohibir las manifestaciones, sin embargo, estas quedaron reguladas de la siguiente manera:

  1. No se prohíben las manifestaciones siempre y cuando se cumpla con las medidas de bioseguridad ya establecidas por el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social.
  2. Además, cuando no cumplan con las medidas de prevención que las autoridades establecieron podrán disolverlas.
  3. Se limitan reuniones al aire libre siempre y cuando no se cumplan con medidas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud.
  4. En cuanto a manifestaciones, sean autorizadas o no, éstas serán disueltas cuando los asistentes cuenten con «elementos de violencia», o no cumplan con las medidas de bioseguridad.
  5. También se prohíbe la circulación o estacionamiento de vehículos cuyos conductores o pasajeros no cumplan con las medidas sanitarias respectivas, en lugares, zonas y horas que afecten o puedan «poner en riesgo la vida y seguridad de las personas, así como el funcionamiento de los servicios públicos».
  6. Se prohíbe el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas fermentadas o destiladas, así como su consumo en la vía pública, establecimientos comerciales abiertos al público, cualquiera que sea su categoría o naturaleza, incluyendo discotecas, restaurantes, comedores, centros nocturnos, cantinas, bares, expendios de dichas bebidas, hoteles, moteles o pensiones, supermercados, automercados, abarrotes, tiendas de conveniencia y establecimientos comerciales similares; de lunes a domingo, de las 18:00 horas a las 6:00 horas del día siguiente.

Además las autoridades de salud recuerdan las medidas sanitarias ya conocidas como el el uso obligatorio de mascarilla en todo espacio o lugar público y privado abierto, lugares privados de servicios de acceso restringido y de cualquier clase de transporte. Se exceptúa a los menores de 2 años y aquellas personas que, por su condición médica, cuenten con una contraindicación certificada. El distanciamiento físico debe ser de por lo menos un metro y cincuenta centímetros y cumplir con la aplicación de gel o jabón antibacterial.

La vigencia del Estado de Prevención inicia desde este miércoles, luego de su publicación en el Diario Oficial y que fue firmado por todos los Ministros y el presidente, sin embargo, el vicepresidente Guillermo Castillo votó en contra. 

Archivo CA

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