Congreso publicó Ley para eximir responsabilidades por el uso de vacunas COVID-19

El Congreso de la República publicó este martes 7 de julio en el diario oficial el Decreto 8-2021 la Ley de Exención de Responsabilidad y Creación del Mecanismo de Compensación por el Uso de vacunas contra la COVID-19, que permite que Guatemala adquiera vacunas de otras farmacéuticas internacionales y exonerarlas de responsabilidad por los efectos adversos.

Esta ley responde a que los distintos fabricantes de vacunas imponen una serie de requisitos para poder concretar la venta de estas; además, se les exima de responsabilidad civil por reacciones adversas serias atribuibles a las vacunas contra la COVID-19.

Entre otros aspectos solicitan que se designe una autoridad o dependencia pública encargada de analizar, investigar y dictaminar dichas reacciones; por ello se creo el Comité de Evaluación de Reacciones Adversas Serias de las Vacunas en la cartera de Salud.

Este comité sería el encargado de realizar la investigación respectiva, y emitir el dictamen correspondiente en el que se establezca, en cada caso en concreto, si las reacciones analizadas pueden ser atribuibles o no a la vacuna contra la COVID-19.

Asimismo, crearon el Fondo de Compensación Económica por medio del cual se harán efectivas las compensaciones económicas y le asignaron un monto de Q20 millones que estarán a cargo del Ministerio de Salud.

En el caso de que una persona luego de ser vacunada, deba ser hospitalizada, el Estado le dará apoyo por medio de la red de hospitales del país y recibirá el monto diario que establezca el salario mínimo.

Además, si la persona vacunada sufre de alguna discapacidad o incapacidad persistente, recibirá de compensación 10 salarios mínimos mensuales.

Y en el caso de que la persona vacunada muera, deberá recibir la persona reclamante 15 salarios mínimos.

De acuerdo a la Ley aprobada el reclamante de la compensación deberá presentar su solicitud dentro de un plazo que no exceda los 30 días a partir de la fecha que haya tenido conocimiento el Comité Comité de Evaluación de Reacciones Adversas Serias a las Vacunas, el cual tendrá 90 días para emitir un dictamen.

Dicha Ley entrará en vigencia el día siguiente de su publicación debido a que se aprobó de urgencia nacional.

Archivo CA

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